Sanahuja Abogados Penalistas

La diferencia entre apropiación indebida, hurto y robo no es “solo el nombre”: cambia la forma de acreditar los hechos, la estrategia y, en muchos casos, el resultado. Aquí tienes una tabla rápida y ejemplos típicos para distinguirlos sin confusiones.

Regla rápida

Apropiación indebida te lo entregan legítimamente y luego no lo devuelves / lo haces tuyo. Hurto lo tomas sin permiso (sin violencia ni fuerza). Robo hay fuerza en las cosas o violencia/intimidación.

Tabla comparativa: apropiación vs hurto vs robo

Concepto Apropiación indebida Hurto Robo
Cómo llega el bien Te lo entregan con obligación de devolverlo o destino concreto. Lo tomas sin permiso (apoderamiento). Lo tomas sin permiso con fuerza o violencia/intimidación.
Elemento clave Retención/uso como propio pese a la obligación de devolver. Apoderamiento sin consentimiento. Fuerza (cerraduras, acceso) o violencia/intimidación a la persona.
Prueba que suele decidir Contrato, recibos, entregas, conversaciones, requerimientos de devolución. Testigos, cámaras, ticket/propiedad, recuperación del objeto. Daños en accesos, huellas, cámaras, parte médico, testigos.
Ejemplo típico Recibo un objeto/importe para una finalidad y no lo devuelvo ni justifico. Cojo un móvil de una mesa y me lo llevo. Entro forzando una puerta o arrebato con intimidación.

Si necesitas la guía completa del delito (penas, defensa y enfoque técnico), aquí la tienes: Delito de apropiación indebida (art. 253 CP). Esta URL está pensada para la intención “diferencia”, no para duplicar la guía.

Ejemplos rápidos (para ubicar tu caso)

Apropiación indebida

Hay entrega previa legítima (depósito, encargo, gestión, custodia) y después negativa a devolver o uso como propio.

Hurto

No hay entrega: hay apoderamiento sin permiso, sin fuerza ni violencia. Cámaras/testigos suelen ser decisivos.

Robo

Hay fuerza (acceso/objetos) o violencia/intimidación. Se analiza la prueba física (daños) y la testifical/médica.

¿Y si hay llaves, acceso o “me lo dejaron”?
Aquí es donde más se confunde. Si hubo entrega legítima y el problema es la devolución/destino, se valora apropiación indebida. Si el acceso se obtiene con fuerza (cerraduras, ventanas, etc.) o hay intimidación, se acerca a robo. El detalle que manda es: cómo llegó el bien y qué se hizo después.
¿Dónde está la ley? (referencia oficial)
Puedes consultar el Código Penal (BOE). Si necesitas defensa, lo importante no es “el nombre”: es qué prueba existe y qué encaje jurídico es sostenible.

Enlaces útiles (sin perder tiempo)

Accesos directos para valoración del caso y coordinación urgente:

Si buscas el servicio local principal, visita: abogado penalista en Valencia.

2 respuestas

  1. Buenos días

    Me pongo en contacto con Vds. por si puedieran asesorarme en asunto de apropiación indebida, ya que efectué un ingreso por error en la cuenta corriente de una persona, al día siguiente me puse en contacto con la entidad bancaria y solicité un proceso de retrocesión, puestos en contacto con el interfecto solicitándole la retrocesión él se negó.

    Por lo cual les solicito información y como debo actuar ante este asunto.

    Gracias de antemano y reciban un cordial saludo.

  2. hola les explico soy propietario de una finca rural con escritura publica y mi vecino a puesto una valla de mallas porque quiere hacer una entrada para su finca teniendo su entrada por otro lado desde que compro esa finca por eso quiero saber si este vecino puede entrar por mi propiedad

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