¿Tiene antecedentes penales o policiales y necesita cancelarlos? Compruebe gratis con nuestra calculadora si ya cumple los plazos del artículo 136 del Código Penal. En Sanahuja Abogados tramitamos la cancelación completa penales y policiales desde nuestras sedes en Valencia, Madrid y Castellón, y en toda España de forma telemática.
¿Puedo cancelar mis antecedentes penales?
Responde a estas preguntas y obtendrás la fecha exacta
Plazos de cancelación según tipo de pena
El artículo 136 del Código Penal establece plazos distintos según la gravedad de la pena impuesta. Un aspecto que no siempre se tiene en cuenta es que el cómputo del plazo no se inicia hasta que se hayan extinguido todas las penas impuestas en sentencia, incluidas las accesorias como la privación del derecho a conducir, la orden de alejamiento, la inhabilitación profesional o los trabajos en beneficio de la comunidad.
| Tipo de pena | Ejemplos frecuentes | Plazo |
|---|---|---|
| Penas leves | Multa hasta 3 meses, localización permanente, privación carnet hasta 1 año | 6 meses |
| Menos graves <12 meses | Prisión 3-12 meses, delitos imprudentes | 2 años |
| Menos graves <3 años | Prisión 1-3 años | 3 años |
| Menos graves de 3 a 5 años | Prisión 3-5 años | 5 años |
| Penas graves | Prisión +5 años, inhabilitación +5 años | 10 años |
Si la extinción se produce por remisión condicional (suspensión de condena), el plazo de cancelación se entiende que empezó a correr desde el día siguiente a aquel en que la pena se habría cumplido de no haber disfrutado del beneficio. En caso de varias condenas, el plazo se calcula sobre la pena más grave y no comienza hasta que se haya extinguido la última.
Penas accesorias: por qué importan
Uno de los errores más frecuentes al solicitar la cancelación es no tener en cuenta las penas accesorias. Si su sentencia incluye, además de la pena de prisión, una privación del derecho a conducir durante 2 años, una orden de alejamiento o una inhabilitación especial, el plazo de cancelación no empieza hasta que la última de esas penas haya concluido. Esto puede retrasar la cancelación varios años respecto a lo que muchos ciudadanos esperan.
Las penas accesorias más habituales son: privación del derecho a conducir vehículos a motor, privación del derecho a la tenencia y porte de armas, inhabilitación especial para empleo o cargo público, prohibición de aproximación a la víctima (orden de alejamiento), prohibición de comunicación con la víctima y trabajos en beneficio de la comunidad.
Documentación necesaria
Para solicitar la cancelación debe preparar:
- Formulario 790 (Código 006) debidamente cumplimentado
- DNI, NIE o pasaporte en vigor (original o copia compulsada)
- Certificado de cumplimiento de pena expedido por el juzgado ejecutor (no es obligatorio pero acelera notablemente la resolución)
- Certificado de responsabilidad civil satisfecha si consta en sentencia (recomendable)
¿Puede un tercero solicitar la cancelación?
Sí. La solicitud puede presentarla un representante autorizado mediante poder de representación. Las opciones son:
- Poder notarial especial (apud acta o ante notario): el más habitual. Autoriza específicamente al abogado o gestor para actuar ante el Registro Central de Penados en nombre del interesado.
- Representación mediante comparecencia: en casos excepcionales, puede otorgarse la representación compareciendo ante la oficina judicial.
- Autorización expresa por escrito: para la presentación telemática, basta con autorización firmada y copia del DNI del poderdante, siempre que el representante disponga de certificado digital propio.
Esta opción es especialmente útil cuando el interesado reside fuera de España o no puede desplazarse. En Sanahuja Abogados Penalistas tramitamos la cancelación íntegramente desde nuestras sedes en Valencia, Madrid y Castellón, sin que el cliente necesite acudir a ninguna oficina. También atendemos en el resto de España de forma telemática.
Cancelación de antecedentes policiales
Los antecedentes policiales son registros diferentes a los penales y se almacenan en bases de datos distintas. Una detención, investigación o denuncia puede generar antecedentes policiales aunque no haya condena penal. Es imprescindible cancelar ambos por separado.
Antecedentes en Policía Nacional (PERPOL)
La solicitud de supresión se presenta ante la Dirección General de la Policía, a través de su sede electrónica o de forma presencial. Se debe aportar certificado judicial acreditativo de que el procedimiento ha sido archivado o la condena cumplida y cancelada. El formulario está disponible en la sede electrónica de la Policía Nacional.
Antecedentes en Guardia Civil (INTPOL)
El procedimiento es análogo pero se dirige a la Dirección General de la Guardia Civil. Se requiere la misma documentación: certificado de archivo del procedimiento o de cumplimiento y cancelación de la condena.
| Aspecto | Antecedentes penales | Antecedentes policiales |
|---|---|---|
| Origen | Sentencia condenatoria firme | Cualquier intervención policial (detención, denuncia, investigación) |
| Registro | Registro Central de Penados (Ministerio de Justicia) | PERPOL (Policía Nacional) / INTPOL (Guardia Civil) |
| Cancelación | Solicitud al Ministerio de Justicia | Solicitud a Policía Nacional / Guardia Civil |
| Plazo resolución | 3 meses (silencio positivo) | 1 mes |
| Requisito previo | Cumplimiento de pena + plazo art. 136 CP | Cancelación previa de antecedentes penales (si hubo condena) |
Nuestro servicio de tramitación completa incluye la cancelación de antecedentes penales y policiales (Policía Nacional y Guardia Civil) por un único precio. Atendemos desde nuestras oficinas en Valencia, Madrid y Castellón, y también de forma telemática en toda España.
Plazos para delitos frecuentes
| Delito | Art. CP | Plazo orientativo |
|---|---|---|
| Conducción bajo efectos alcohol/drogas | 379 | 2-3 años |
| Conducción sin carnet / temeraria | 384 / 380 | 2-3 años |
| Lesiones leves / Amenazas leves | 147.2 / 171.7 | 6 meses |
| Estafa | 248 | 3-5 años |
| Hurto | 234 | 2-3 años |
| Tráfico de drogas (tipo básico) | 368 | 5 años |
| Violencia de género (tipo básico) | 153 | 2-3 años |
| Delito fiscal | 305 | 5 años |
| Blanqueo de capitales | 301 | 5-10 años |
| Apropiación indebida | 253 | 3-5 años |
Nota: Estos plazos son orientativos. La determinación exacta depende de la pena concreta impuesta en sentencia. Utilice la calculadora superior o consulte con nuestro despacho.
Servicio de cancelación de antecedentes penales y policiales
Gestionamos íntegramente la cancelación de sus antecedentes penales (Ministerio de Justicia) y policiales (Policía Nacional + Guardia Civil): estudio de viabilidad, preparación de documentación, presentación telemática y seguimiento hasta resolución. Atendemos en Valencia, Madrid y Castellón, y en el resto de España de forma telemática. Sin desplazamientos.
Preguntas frecuentes
En teoría el Ministerio puede cancelarlos de oficio, pero en la práctica es poco frecuente que actúe sin solicitud previa. Recomendamos presentar la solicitud proactivamente una vez cumplidos los plazos, especialmente si necesita el certificado para un trámite urgente (oposiciones, nacionalidad, empleo).
Depende de la convocatoria concreta. La mayoría exigen no haber sido condenado por delito doloso con pena de prisión superior a 3 años, o no tener antecedentes por delitos específicos vinculados al puesto. Si sus antecedentes son cancelables, lo aconsejable es tramitar la cancelación antes de presentarse a la oposición.
El plazo de cancelación se calculará en función de la pena más grave de todas las impuestas. Además, el plazo no empieza a contar hasta que se haya extinguido la última de las penas, incluidas accesorias.
El Ministerio de Justicia dispone de 3 meses para resolver. Si transcurre este plazo sin respuesta, opera el silencio administrativo positivo y la solicitud se entiende estimada. Si se adjunta el certificado de cumplimiento de pena, suele resolverse en 1-2 meses.
Sí. Tener antecedentes penales vigentes es una de las principales causas de denegación de la nacionalidad española para extranjeros. También puede afectar a la renovación de permisos de residencia. La cancelación debe tramitarse antes de iniciar estos procedimientos.
Sí. Podemos gestionar todo el procedimiento de forma telemática mediante poder de representación. No necesita acudir a ninguna oficina. Esto es especialmente útil si reside fuera de España.
Disponemos de oficinas en Valencia, Madrid y Castellón. No obstante, al tratarse de un trámite telemático, podemos gestionar la cancelación para clientes de toda España sin necesidad de desplazamiento. La comunicación se realiza por teléfono, correo electrónico o videollamada.
No. Son registros independientes que deben cancelarse por separado. Primero se cancelan los antecedentes penales ante el Ministerio de Justicia, y después los policiales ante la Policía Nacional (PERPOL) y/o la Guardia Civil (INTPOL). Nuestro servicio incluye ambos trámites.