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ABOGADO ESPECIALISTA EN DELITOS CONTRA LA SALUD PÚBLICA Y TRAFICO DE DROGAS

Sanahuja Abogados: Despacho especializado en delitos contra la Salud Pública trafico de drogas.

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ABOGADO ESPECIALISTA EN DELITOS CONTRA LA SALUD PUBLICA Y TRAFICO DE DROGAS

En Sanahuja Abogados somos especialistas en delitos contra la salud pública y tráfico de drogas. Contamos con una amplia experiencia en la Audiencia Nacional y Audiencias Provinciales. Despacho en Madrid y Valencia: asistimos en todo el territorio nacional. Si necesitas un abogado especialista en tráfico de drogas, llamanos.

¿Como se clasifican los delitos contra la salud pública y trafico de drogas?

Los delitos contra la salud pública pueden ser clasificados en dos grandes grupos:

  • Delitos relacionados con tráfico de drogas, sustancias psicotrópicas y/o estupefacientes
  • Delitos relacionados con el comercio

 

Delito de tráfico de drogas y narcotráfico

El Código Penal español en su artículo 368 establece:

“Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a seis años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.

No obstante, los tribunales podrán imponer pena inferior en grado a las señaladas en atención a la escasa entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable.

No se podrá hacer uso de esta facultad si concurriere alguna de las circunstancias a que se hace referencia en los artículos 369 bis y 370.”

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Sanahuja Abogados: La gravedad de estos delitos requiere de la actuación de auténticos expertos.

¿Por que buscar un abogado especialista en tráfico de drogas?

La contratación de un abogado especialista en trafico de drogas y esencial para defender sus intereses en atención a las distintas figuras agravadas.

Agravación de la pena por tráfico de drogas

En cuanto a la agravación de la pena por el delito de tráfico de drogas, se establece que:

Se impondrán las penas superiores en grado a las señaladas en el artículo anterior y multa del tanto al cuádruplo cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • 1. El culpable fuere autoridad, funcionario público, facultativo, trabajador social, docente o educador y obrase en el ejercicio de su cargo, profesión u oficio.
  • 2. El culpable participare en otras actividades organizadas o cuya ejecución se vea facilitada por la comisión del delito.
  • 3. Los hechos fueren realizados en establecimientos abiertos al público por los responsables o empleados de los mismos.
  • 4. Las sustancias a que se refiere el artículo anterior se faciliten a menores de 18 años, a disminuidos psíquicos o a personas sometidas a tratamiento de deshabituación o rehabilitación.
  • 5. Fuere de notoria importancia la cantidad de las citadas sustancias objeto de las conductas a que se refiere el artículo anterior.
  • 6. Las referidas sustancias se adulteren, manipulen o mezclen entre sí o con otras, incrementando el posible daño a la salud.
  • 7. Las conductas descritas en el artículo anterior tengan lugar en centros docentes, en centros, establecimientos o unidades militares, en establecimientos penitenciarios o en centros de deshabituación o rehabilitación, o en sus proximidades.

Notoria importancia en el tipo delictivo

Ejemplos de cantidades de notoria importancia:

  • Heroína 300 gr.
  • Morfina 1.000 gr.
  • Metadona 120 gr.
  • Cocaína 750 gr.
  • Marihuana 10 Kg.
  • Hachís 2,5 Kg.
  • Aceite de hachís 300 gr.
  • LSD 300 mg.
  • MDMA (éxtasis) 240 gr.
  • Anfetaminas 90 gr.

Delitos relacionados con el comercio

Los artículos 359 y 360 del Código Penal sancionan la elaboración, el despacho, suministro o comercio de sustancias nocivas para la salud y productos químicos cuando estas puedan ocasionar estragos  cuando, aun estando autorizado para ello, se “despache o suministre sin cumplir con las formalidades previstas en las Leyes y Reglamentos respectivos”.

La pena para este tipo de delito es de “prisión de seis meses a tres años y multa de seis a doce meses, e inhabilitación especial para profesión o industria por tiempo de seis meses a dos años” en el primer caso, y “multa de seis a doce meses e inhabilitación para la profesión u oficio de seis meses a dos años” en el segundo.

SALUD PUBLICA Y MEDICAMENTOS

Asimismo la fabricación, importación, exportación, suministro, intermediación, comercialización, ofrecimiento o almacenamiento con estas finalidades de medicamentos, tanto los destinados a uso humano como los de tipo veterinario, en investigación, sin la preceptiva autorización, deteriorados, caducados, etcétera, está penado por el artículo 361 del Código Penal español con una “pena de prisión de seis meses a tres años, multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para profesión u oficio de seis meses a tres años”; considerándose como agravante cuando se imiten o simulen.

SALUD PUBLICA Y ALIMENTOS

Con referencia a los alimentos, nuestro Código Penal  castiga a todo aquel que produzca, adultere, distribuya o comercialice cualquier tipo de alimento que pueda suponer un peligro para quien lo consuma, con “pena de prisión de uno a cuatro años, multa de seis a doce meses e inhabilitación especial para profesión, oficio, industria o comercio por tiempo de tres a seis años”; y con la pena de inhabilitación especial para profesión, oficio, industria o comercio de seis a diez años en los casos en que el acusado resultar ser el propietario o el responsable de producción de una fábrica de productos alimenticios.

Se debe tener también en cuenta que el artículo 364.2 castiga con las mismas penas la puesta en circulación de animales o productos derivados de los mismos que hayan sido tratados con sustancias que puedan generar un riesgo para la salud de las personas.

El artículo 365 establece penas de entre dos y seis años de prisión para los casos de envenenamiento o adulteración de aguas o cualquier otro alimento “con sustancias infecciosas, u otras que puedan ser gravemente nocivas para la salud”.

En todos los casos anteriores, el tribunal podrá ordenar el cierre del establecimiento, laboratorio, fábrica o local por un período de hasta cinco años, e incluso definitivo cuando considere que se trata de un caso de extrema gravedad.

En el supuesto de que se cometa cualquiera de estos delitos por imprudencia, se aplicará la pena que corresponda en grado inferior.

Penas comparadas sobre tráfico de drogas

País Norma Conducta penalizada Sanción principal
España Artículos 368 y siguientes del Código Penal Ejecutar actos de cultivo, elaboración o tráfico; promover, favorecer o facilitar el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas que causen grave daño a la salud. Prisión de 3 a 6 años.
Mismas conductas pero en el caso de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas que no causen grave daño a la salud. Prisión de 1 a 3 años
En el caso que los hechos descritos se hayan realizado por quienes pertenecieren a una organización delictiva y se tratare de sustancias y productos que causen grave daño a la salud. Prisión de 9 a 12 años
En el caso que los hechos descritos se hayan realizado por quienes pertenecieren a una organización delictiva y se tratare de sustancias y productos que no causen grave daño a la salud. Prisión de 4 años y 6 meses a 10 años
Francia Artículos 222-35 y siguientes del Código Penal Transporte, posesión, suministro, venta, adquisición o el empleo ilícito. 10 años de prisión.
Venta o suministro de drogas a una persona para uso personal. 5 años de prisión.
Agravante: el encarcelamiento se incrementa a 10 años cuando los estupefacientes están disponibles o se venden a menores de edad o en centros educativos o de enseñanza, o en oficinas de la administración pública.
Producción o fabricación de drogas ilícitas. 20 años de prisión.
Alemania Ley de estupefacientes (Betäubungsmittelgestez) Tráfico de drogas Hasta 5 años de cárcel.
Bélgica Artículo 2 bis §1 de la ley relativa al tráfico de estupefacientes y psicotrópicos. Tráfico de drogas 3 meses hasta 5 años de cárcel.
Holanda La legislación relativa al tráfico de droga hace la distinción entre las drogas duras y las drogas blandas siendo la legislación sobre las drogas duras la Richtlijn voor strafvordering Opiumwet, harddrugs. Importación o la exportación de drogas duras. 12 años de cárcel.
Venta, transporte o fabricación de las sustancias psicotrópicas ligadas a drogas duras. 8 años.
Porte de drogas duras. 4 años.
Italia Artículo 73 y siguientes del Decreto presidencial del 9 de octubre, modificado por la Ley nº 49 del febrero de 2006. Cultivar, producir, fabricar, extraer, refinar, vender, ofrecer o poner a la venta, distribuir, transportar, adquirir, o enviar a países en tránsito sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Prisión de 6 a 20 años.
Importar, exportar, comprar o recibir de alguna manera las sustancias estupefacientes o psicotrópicas. Prisión de 6 a 20 años.
Portugal Artículo 21 y siguientes de la Ley 15/93 Tráfico de sustancias consideradas de alta peligrosidad (aquellas contenidas en las tablas I a III) De 4 a 12 años de cárcel.
Tráfico de sustancias de consideradas de mediana peligrosidad (aquellas contenidas en las tablas V y VI) De 2 a 10 años de cárcel
Tráfico de sustancias consideradas de menor peligrosidad (aquellas contenidas en la tabla IV) De 1 a 5 años de cárcel.
La Ley 15/93 toma en cuenta el estado de dependencia del traficante. Si el consumidor vende drogas para financiar su propio consumo, su pena será reducida, dependiendo de la peligrosidad de la sustancia vendida. De 1 a 3 años de cárcel.
El tráfico a menores es considerado una agravante.
Suiza Artículo 19.1 y siguientes de la ley federal sobre los estupefacientes y las sustancias psicotrópicas. Tráfico de drogas. Máximo 3 años de cárcel. (No se indica mínimo)
En caso que el autor de la infracción sepa que puede directamente o indirectamente poner en peligro la salud de muchas personas, actúe como miembro de una banda organizada para participar de manera sistemática con el tráfico ilícito de drogas, tenga como profesión el tráfico de drogas y reciba por esa actividad una ganancia importante, ofrezca, venda o de otro modo permita a terceros acceso a los medicamentos en los centros de formación principalmente reservados a los menores o en sus proximidades. De 1 a 3 años (Se incluye un mínimo de 1 año).

Esperamos que esta tabla sobre penas comparadas por delito de tráfico de drogas haya sido de interés y no olvide que nuestro  equipo de abogados penalistas puede atenderle las 24 horas del día en cualquier momento del año.

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