Sanahuja Abogados Penalistas

Guía práctica en 3 minutos

Si un inquilino no devuelve la vivienda al terminar el contrato, la prioridad es documentar y elegir bien la vía. En muchos casos será civil (recuperación de la posesión y entrega de llaves). La vía penal solo se valora si hay hechos adicionales y prueba suficiente.

1) Diagnóstico rápido: qué ha pasado exactamente

Antes de dar pasos “a ciegas”, fija hechos y fechas: fin del contrato, si hubo resolución por impago, requerimientos, si el inquilino sigue dentro, si retiene llaves y si hay bienes o mobiliario retenidos o sustraídos. La diferencia entre avanzar rápido o perder meses está en el orden y en la prueba.

  • Contrato (inicio/fin) y causa de finalización/resolución.
  • Requerimientos (burofax con certificación de texto y acuse, emails, acta).
  • Entrega de llaves: negativa, mensajes y fecha.
  • Inventario/mobiliario (si existe): qué falta, valor, facturas, fotos.
  • Prueba viva: conversaciones, testigos, cámaras, incidencias con comunidad/policía local.
Documentos que suelen “decidir” el caso
Contrato + burofax (texto y acuse) + inventario (si lo hay) + fotos fechadas + mensajes donde se reconoce la negativa. Si hay daños o faltan bienes, añade facturas y presupuestos. Cuanto más objetivo, mejor.

2) ¿Vía civil o vía penal? (para no perder tiempo)

Vía civil (lo más habitual)

Cuando el conflicto es la posesión y la devolución del inmueble: fin de contrato, impago, negativa a abandonar. Aquí suele tocar recuperación de la vivienda y ejecución de la entrega.

Vía penal (solo si encaja y hay prueba)

Se valora si existen hechos adicionales (p. ej., retención/apoderamiento de bienes, documentación, mobiliario, etc.). No se decide “por probar”: se decide por encaje + evidencia.

Si necesitas la guía legal completa del delito
Para definición, penas y enfoque de defensa, consulta la guía principal: Delito de apropiación indebida (art. 253 CP) . En esta página nos centramos en vivienda + pasos + prueba para evitar confusiones.

Referencia (marco civil): Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) en el BOE (Ley 29/1994) .

3) Pasos recomendados (orden correcto)

Paso 1 · Requerimiento formal de entrega

Si no existe, envía un burofax con certificación de texto y acuse solicitando entrega de vivienda y llaves, con fecha y plazo claro. Evita conversaciones eternas: documenta.

Paso 2 · Prueba útil (no “ruido”)

Reúne contrato, comunicaciones, inventario (si existe), fotos/vídeo, mensajes de negativa, y cualquier evidencia objetiva. Si hay bienes/mobiliario, concreta qué falta y acredita su valor.

Paso 3 · Elegir vía y estrategia

Si el caso es posesión/entrega, normalmente conviene vía civil. Si hay hechos adicionales con relevancia penal, se plantea estrategia con encaje y prueba. El objetivo: recuperar control del asunto sin perder meses en el camino equivocado.

Errores típicos que te perjudican
1) Ir “a lo penal” sin documentación. 2) No requerir formalmente. 3) Entrar por la fuerza o cambiar cerradura sin base. 4) Dejar pasar pruebas (mensajes, cámaras, testigos). 5) Confundir impago con delito.

4) Enlaces útiles (para actuar rápido)

Accesos directos para asesoramiento y coordinación urgente:

Servicio local principal: abogado penalista en Valencia.

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