Insolvencia punible y abogado insolvencia punible: defensa penal en alzamiento y concursos con indicios de punibilidad, con actuación 24/7 y enfoque probatorio contable y digital.

Insolvencia punible – abogados penalistas
Penal económico · Concursal · Gobierno corporativo

Insolvencia punible

Defensa penal técnica en concursos y situaciones preconcursales con indicios de alzamiento u operaciones ruinosas. Estrategia coordinada con mercantil y fiscal.

Conductas en insolvencia punible

En la práctica, los supuestos de insolvencia punible incluyen operaciones que agravan o provocan la insolvencia, la ocultación o destrucción de patrimonio y la manipulación contable que impide conocer la realidad económica de la empresa.

Operaciones ruinosas

  • Ventas con precios ajenos a mercado sin justificación.
  • Adquisiciones apalancadas sin plan de retorno.
  • Desvío de activos a vinculadas o pagos preferentes.

Ocultación y despatrimonialización

  • Disposición de bienes a terceros para eludir la ejecución.
  • Simulación de deudas o compensaciones circulares.
  • Levantamiento de activos intangibles sin contraprestación.

Contabilidad irregular

  • Falta de libros, doble contabilidad o cierres fuera de plazo.
  • Inventarios incoherentes y auxiliares incompletos.
  • Destrucción/alteración de soportes informáticos.

Además, en el entorno concursal se valoran pagos selectivos, retraso injustificado en la solicitud de concurso y falta de colaboración con la administración concursal.

Insolvencia punible vs. alzamiento de bienes

El alzamiento de bienes se centra en eludir el pago a acreedores mediante ocultación o transmisión de patrimonio. La insolvencia punible abarca conductas más amplias ligadas a la gestión empresarial: operaciones ruinosas, pagos selectivos, agravamiento deliberado de la insolvencia y desorden contable que impide la comprensión de la situación. En la práctica, es habitual la concurrencia de ambos cuando se combina despatrimonialización y contabilidad irregular.

Prueba en insolvencia punible: contable, digital y mercantil

  • Contable: mayores, diarios, conciliaciones, inventarios, valoración de activos y flujos de caja.
  • Digital: correos, sistemas ERP/CRM, permisos, logs y backups; integridad (hash) y cadena de custodia.
  • Mercantil: actas de Consejo/Junta, contratos con vinculadas, fairness opinions y reportes a auditores.

Se reconstruye la línea de tiempo de decisiones, se comparan precios con mercado y se acredita la racionalidad o irracionalidad económica de las operaciones.

Método de trabajo

Recopilación urgente de contabilidad, contratos y comunicaciones; preservación digital y matriz de riesgos.

Mapa de alternativas: sobreseimiento, conformidad o juicio. Coordinación con mercantil (TRLC) para minimizar impactos cruzados.

Pericial contable y financiera: valoración de operaciones, cash‑flow y solvencia; contraste sectorial y pruebas de mercado.

Relato didáctico: cronologías, cuadros comparativos, gráficos y documentación ordenada por hitos para audiencias complejas.

Personas jurídicas y compliance

La persona jurídica puede responder si concurren los requisitos legales. Un programa de compliance penal eficaz —mapa de riesgos, controles, auditoría interna y reacción diligente— puede atenuar o excluir responsabilidad.

  • Segregación de funciones y límites de firma.
  • Control de operaciones vinculadas y related‑party.
  • Canales de denuncia, investigación interna y remediación.

Experiencia representativa

Pagos selectivos

Archivada la causa al acreditarse racionalidad económica y ausencia de favorecimiento ilícito; convergencia de prueba contable y pericial.

Vinculadas y traspaso de activos

Justificación de precio y utilidad; documentación de decisión y fairness opinion. Falta de dolo y sobreseimiento.

Contabilidad

Regularización y reconstrucción de libros con auditoría independiente; exclusión de tipicidad por error contable no doloso.

Los resultados pasados no garantizan resultados futuros; cada asunto depende de sus hechos y prueba.

Preguntas frecuentes (insolvencia punible)

¿Todo concurso problemático es insolvencia punible?

No. Debe acreditarse conducta dolosa o gravemente imprudente y perjuicio real. La frontera con lo mercantil es clave.

¿Cómo se prueba el ánimo de perjudicar?

Con cronologías, comparables de mercado, comunicaciones y decisiones sin soporte. La pericial objetiva es decisiva.

¿Puede ayudar regularizar la contabilidad?

Sí; explica errores, reduce reproche y permite vías de reparación que impactan en la respuesta penal.

¿Responde la sociedad?

Puede hacerlo si concurren requisitos; un compliance eficaz sirve como atenuante o eximente cualificada.

Navegación: Inicio · Delitos societarios · Estafas · Fraude carrusel · Conductas · FAQ

Recuerda que te atendemos como abogados penalistas presencialmente en Valencia, Madrid y Castellón