
El mensaje llega casi siempre igual. Un número desconocido, un agente que se identifica con placa y unidad, y una frase que corta la respiración, tiene usted que pasarse por comisaría a declarar. La persona cuelga y no sabe si la van a detener, si necesita abogado o si puede simplemente no ir. A decir verdad, casi todo lo que se decide en esas horas previas condiciona el resto del procedimiento.
Por qué puede llamarte la Policía
Las razones son más variadas de lo que el susto sugiere. Puedes ser testigo de unos hechos, perjudicado por un delito que ni sabías que te afectaba, o investigado porque alguien te ha denunciado o tu nombre ha aparecido en una investigación. También hay motivos triviales, una recuperación de objetos, un trámite de extranjería, una notificación. La llamada, por sí sola, no dice nada. Lo que importa es la condición en la que te citan, y eso es lo primero que hay que averiguar.
Verifica que la llamada es real
Antes de nada, comprueba que quien llama es quien dice ser. Pide unidad, número de agente y teléfono oficial, cuelga y llama tú al número que aparece en la web de la Policía Nacional o de la Guardia Civil. Existen estafas telefónicas que suplantan a agentes para sacar datos o pagos, un esquema parecido al que describimos en la estafa telefónica con voz clonada. Ningún policía pide por teléfono claves bancarias ni transferencias.
Testigo, perjudicado o investigado, la diferencia lo es todo
El testigo declara con obligación de decir verdad y sin abogado. El investigado tiene derecho a conocer los hechos que se le atribuyen, a guardar silencio, a no declarar contra sí mismo y a la asistencia letrada, todo ello conforme al artículo 118 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. La frontera entre ambos es la línea más peligrosa del proceso penal. Si durante una declaración como testigo surgen indicios contra ti, el interrogatorio debe pararse y deben leerte tus derechos. En nuclear, si existe la mínima posibilidad de que el asunto vaya contigo, compórtate desde el principio como investigado.
Tienes derecho a preguntar en qué calidad se te cita. Si la respuesta es ambigua o no llega, actúa como si fueras investigado, no declares sin abogado y no entregues voluntariamente tu teléfono ni ningún dispositivo sin asesorarte antes.
¿Estoy obligado a acudir si me llaman por teléfono?
Una llamada informal no es una citación judicial, y la respuesta depende de tu condición y de cómo se haya formalizado el requerimiento. Ahora bien, ignorar la llamada sin verificar nada es la peor de las opciones. Si la investigación tiene recorrido, la falta de comparecencia puede dar lugar a una citación formal y, en determinados supuestos, a que se solicite una medida para asegurar tu presencia. No toda ausencia provoca una detención, pero cada incomparecencia resta margen a la defensa. La jugada correcta no es no ir, es que tu abogado gestione cómo y cuándo vas, con la citación verificada y la comparecencia preparada.
Qué puede hacer el abogado antes de que acudas
Bastante más de lo que la gente cree. Llamar a la unidad policial para confirmar que la citación existe y en qué condición se te requiere. Averiguar, cuando es posible, el tipo de asunto. Preparar contigo la decisión clave, declarar o guardar silencio. Acompañarte a la comparecencia y, si eres investigado, asistirte durante toda la declaración. Esa preparación previa es la diferencia entre entrar a ciegas y entrar con estrategia, la misma lógica que aplicamos en la asistencia penal urgente 24 horas cuando la detención ya se ha producido.
¿Conviene declarar en comisaría?
Dicho lo cual, nuestra recomendación general es prudente. Como investigado te asiste el derecho a guardar silencio y a no declarar contra ti mismo, reconocidos en el artículo 24.2 de la Constitución y el artículo 520 LECrim. En muchos procedimientos resulta más prudente reservar la declaración para el juzgado, porque en comisaría se declara sin conocer el contenido completo del atestado. En otros, una explicación inmediata acompañada de documentos puede aclarar los hechos y desactivar el asunto. Es una decisión caso a caso, que se toma con el abogado y con información, nunca por la presión del momento.
Si te detienen al llegar
Es un escenario minoritario cuando se comparece voluntariamente, pero existe. La detención solo puede durar el tiempo estrictamente necesario para las diligencias y, en todo caso, no más de 72 horas y activa los derechos del artículo 520 de la misma ley, asistencia de abogado, intérprete si hace falta, comunicación de la detención a quien designes y examen médico. Explicamos ese escenario paso a paso en nuestra guía sobre qué hacer si te detienen, y el marco completo de fases y garantías está en nuestra página sobre el proceso penal en España.
Qué conservar antes de ir
Todo. Mensajes, correos, justificantes de pago, ubicaciones, registros de llamadas, grabaciones de cámaras que controles antes de que se sobrescriban. No borres ni alteres nada, ni siquiera lo que creas que te perjudica. La eliminación de mensajes o archivos puede dificultar tu propia defensa y generar dudas sobre por qué desaparecieron, y lo que hoy parece dañino mañana puede exculpar. La prueba se preserva primero y se valora después.
¿Tengo que entregar el móvil si me lo pide la Policía?
No debes entregar voluntariamente el teléfono ni facilitar tus claves sin comprender el alcance de lo que autorizas y sin asesoramiento previo. Una entrega voluntaria abre el dispositivo entero, no solo lo relacionado con el asunto. Si existe una resolución judicial que acuerde la intervención del dispositivo, el escenario es distinto y debe examinarse con el abogado, que verificará su alcance y las garantías de la diligencia.
Lo que no debes hacer antes de acudir
No borres conversaciones ni archivos. No llames a quien crees que te ha denunciado ni envíes explicaciones improvisadas por WhatsApp, cada mensaje que mandes es prueba. No entregues voluntariamente el móvil sin conocer el motivo y el alcance de lo que autorizas. No sigas contestando como testigo si las preguntas empiezan a dirigirse contra ti, pide que aclaren tu condición antes de continuar. Y no ignores la llamada sin verificarla.
Si te ha llamado una comisaría y no sabes por qué, podemos verificar la citación, confirmar en qué condición se te requiere y acompañarte antes de que digas una sola palabra. Atendemos desde nuestras oficinas de Valencia y Castellón, y actuamos también en Madrid y el resto de España.
Preguntas frecuentes sobre la llamada de la Policía para declarar
Juan Antonio Signes García
Abogado penalista con más de veinte años de ejercicio en proceso penal y asistencia al investigado y al detenido. Colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV 18516). Director de Sanahuja Abogados Penalistas, con sedes en Valencia, Madrid y Castellón. Miembro de ECBA (European Criminal Bar Association) y EFCL (European Fraud and Compliance Lawyers).