Abogados especialistas en delitos urbanísticos y delitos contra el medio ambiente. Defensa penal técnica en urbanismo, ordenación del territorio, patrimonio natural y contaminación. Atención en Madrid, Valencia y Castellón.
Delitos urbanísticos y contra el medio ambiente
Asesoramiento y defensa penal en delitos urbanísticos (construcciones no autorizadas, parcelaciones, licencias, protección del suelo) y delitos contra el medio ambiente (vertidos, emisiones, residuos, flora y fauna). Estrategia probatoria, regularización y minimización de riesgos.
¿Qué son los delitos urbanísticos?
Los delitos urbanísticos sancionan conductas que lesionan la ordenación del territorio y el planeamiento urbanístico: obras sin licencia en suelo no urbanizable, parcelaciones ilegales, construcciones en zona protegida o contrarias al plan, o la inobservancia deliberada de medidas de restablecimiento de la legalidad. En la práctica, aparecen junto a expedientes administrativos (sanción, reposición de la legalidad y demolición) y con responsabilidad de promotores, constructores, técnicos y, en ocasiones, autoridades que favorecen o permiten dichas actuaciones.
- Obras de edificación en suelo no urbanizable o protegido sin título habilitante.
- Parcelaciones urbanísticas ilegales dirigidas a crear asentamientos clandestinos.
- Construcciones incompatibles con el planeamiento vigente o con medidas cautelares.
- Desobediencia a órdenes de suspensión, legalización o demolición.
La clave probatoria está en: (i) el estado del planeamiento y su vigencia; (ii) la licencia o su inexistencia/insuficiencia; (iii) la calificación del suelo; (iv) los actos administrativos dictados y su notificación; y (v) la intervención real de cada sujeto (promotor, constructor, técnico, autoridad o particular).
¿Qué son los delitos contra el medio ambiente?
Los delitos contra el medio ambiente protegen recursos como aguas, aire, suelo, fauna, flora y espacios naturales. Suelen consistir en vertidos contaminantes sin depuración, emisiones por encima de los límites, gestión ilegal de residuos, alteración sustancial de hábitats o talas sin autorización. En ocasiones se conectan con lo urbanístico (por ejemplo, movimientos de tierras o edificaciones que afectan a zonas forestales o humedales).
- Vertidos a cauces o al litoral sin tratamiento o con depuración insuficiente.
- Emisiones industriales que superan permisos o autorizaciones ambientales.
- Gestión, transporte o abandono de residuos peligrosos fuera de norma.
- Daños a espacios protegidos, hábitats o especies catalogadas.
La valoración requiere pericia ambiental: análisis de aguas/aire/suelo, series temporales, modelización de dispersión, trazabilidad de residuos y cumplimiento de autorizaciones. La defensa se centra en discutir la tipicidad (riesgo grave o efectivo), la causalidad y la diligencia debida del operador.
Normativa y jurisprudencia esenciales
La práctica en delitos urbanísticos y en delitos contra el medio ambiente exige coordinar el frente penal con el administrativo. Importan la legalidad del planeamiento, la solidez de la licencia, el alcance de las autorizaciones ambientales integradas, la evaluación de impacto y la prueba pericial independiente. Las resoluciones judiciales recientes refuerzan la idea de que el análisis debe ser técnico y no meramente formalista: el contexto, la proporcionalidad y la existencia de medidas de corrección/mitigación pueden cambiar el sentido del fallo.
Consulta de jurisprudencia especializada (recurso externo de calidad): vLex – Delitos contra la ordenación del territorio.
Estrategia de defensa: urbanismo y medio ambiente
Contraste de la tipicidad con el planeamiento y las autorizaciones: no toda infracción urbanística/ambiental es delito; hace falta lesión relevante del bien jurídico y dolo o imprudencia grave. Se analizan usos del suelo, límites de emisiones y el nexo causal.
Auditoría de licencias y autorizaciones: vigencia, alcance, condicionantes, recursos y efectos de nulidad/anulación. Regularización urbanística o ambiental puede reconfigurar el caso y reducir exposición penal.
Prueba de diligencia debida: cumplimiento de medidas correctoras, auditorías, controles y trazabilidad (contratas, residuos, vertidos). Acreditar que el operador actuó conforme a la norma reduce o excluye responsabilidad.
Regularización y reparación del daño: ejecución de órdenes, reposición, restauración ambiental, planes de mitigación. Puede operar como atenuante muy cualificada y modular decomisos.
Prueba técnica clave
- Urbanística: planeamiento aplicable, informes técnicos, ortofotos históricas, expedientes de disciplina y comunicaciones.
- Ambiental: analíticas de aguas/aire/suelo, modelización, datos de emisiones, trazabilidad de residuos, bitácoras y sensores.
- Autoría y roles: promotor, constructor, técnico, autoridad; alcance real de la intervención y dominio del hecho.
- Proporcionalidad: medidas alternativas a la demolición o restauración, cronograma de ejecución y costes.
Cobertura y sedes del despacho
Intervenimos en procedimientos por delitos urbanísticos y delitos contra el medio ambiente en toda España, con presencia destacada en:
- Madrid: Paseo de la Castellana 171, 28046 Madrid.
- Valencia: Calle Hernán Cortés 26, 1C, 46004 Valencia.
- Castelló de la Plana: atención con cita previa.
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Preguntas frecuentes
¿Toda infracción urbanística es un delito urbanístico?
No. Debe ser una actuación que encaje en el tipo penal y suponga una lesión relevante del bien jurídico (ordenación del territorio). Muchas infracciones se resuelven en vía administrativa.
Si legalizo la obra, ¿desaparece el delito?
La regularización puede mitigar o excluir responsabilidad según el caso (tiempos, alcance, buena fe), pero no siempre borra el ilícito penal ni las consecuencias administrativas.
¿Qué hacer ante una orden de demolición?
Solicitar suspensión cautelar si procede, presentar proyecto de legalización/adecuación, y coordinar estrategia penal y administrativa para minimizar impacto.
¿Cuándo hay delito contra el medio ambiente?
Cuando los vertidos, emisiones o gestiones de residuos generan riesgo grave o daño efectivo a recursos naturales, con incumplimiento de autorizaciones o deberes de control.
¿Responden las personas jurídicas?
Sí, por hechos cometidos en su beneficio por directivos o empleados si faltan controles eficaces. Un programa de cumplimiento ambiental reduce riesgos y responsabilidad.
¿Necesita una valoración técnica?
Analizamos el planeamiento, licencias y autorizaciones ambientales, y definimos una estrategia de defensa basada en prueba técnica y regularización efectiva.
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